La estética - cosmética facial o corporal se enmarca en Colombia en la definición establecida por la normativa sanitaria para prácticas y actividades de embellecimiento facial y corporal como se muestra a continuación:
"Son todos aquellos procedimientos faciales o corporales que no requieran de la formulación de medicamentos, intervención quirúrgica, procedimientos invasivos o actos reservados a profesionales de la salud" (Ley 711 de 2001).
"Son todos los procedimientos no invasivos que se utilizan para el embellecimiento del cuerpo humano con el fin de limpiarlo, perfumarlo, modificar su aspecto y protegerlo o mantenerlo en buen estado, con o sin la utilización de productos cosméticos".(Resolución 2263 de 2004).
Tratamientos cosméticos faciales y corporales
Higiene, tonificación y afirmación de piel facial y corporal
Tratamientos para afirmar y moldear el cuerpo
Depilación (Métodos no invasivos)
Bronceado de la piel
Maquillaje facial y corporal
Uso de aparatología estética
"Tomado de: Ley 711 de 2001 Resolución 2263 de 2004. Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de estética y similares y se dictan otras disposiciones
"Tomado de: Resolución 2827 de 2006. Por la cual se adopta el Manual de bioseguridad para establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal y ornamental.