La Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá 2011- 2023 adoptada mediante el Decreto 596 de 2011, permite orientar la gestión distrital para el mejoramiento de la Salud Ambiental en la ciudad, mediante fortalecimiento institucional y territorial, trabajo articulado de la administración y construcción de espacios de coordinación participativa por medio de líneas de intervención, contribuyendo a la construcción de una ciudad habitable, sostenible, integral, incluyente, participativa y saludable, aportando a una buena calidad de vida y salud para toda su población.
Incidir positivamente sobre las condiciones sanitarias y socio-ambientales que determinan la calidad de vida y salud de los y las
habitantes del Distrito Capital.
Desarrollar un modelo de planificación, gestión, seguimiento y evaluación distrital y territorial que permita fortalecer financiera, técnica y administrativamente los procesos de salud ambiental.
Desarrollar procesos que permitan la generación, adquisición, transferencia y aplicación del conocimiento en temas de salud ambiental en el Distrito Capital.
Promover la reducción, la previsión y el control permanente del riesgo en las diferentes líneas de intervención de la Política Distrital de Salud Ambiental, en consonancia con el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias de Bogotá D.C.
Fortalecer los procesos de regulación, autorregulación, vigilancia, seguimiento y evaluación de las condiciones sanitarias y ambientales, como factores de protección o deterioro de la salud de las personas.
Corresponde a la Secretaría Distrital de Salud en articulación con la Secretaría Distrital de Ambiente, la coordinación de la implementación de la Política Distrital de Salud Ambiental, cuyo proceso se realizará por parte de las diferentes entidades de la Administración Distrital y la Administración Local, según su competencia, bajo la siguiente estructura.