Es un procedimiento voluntario y periódico, orientado a demostrar el cumplimiento de estándares de calidad superiores a los exigidos por la ley en materia de características técnicas, científicas, humanas, financieras y materiales de los centros de cosmetología y similares. Este procedimiento fue establecido por la Ley 711 de 2001 y reglamentado por la Secretaría Distrital de Salud para Bogotá D.C, a través de la Resolución 1675 del 2021. Para mayor información puede escribir al correo: acreditacosmetologia@saludcapital.gov.co
El usuario estará seguro porque existe un riesgo mínimo de que se presenten efectos adversos en su salud, como consecuencia del servicio prestado.
El usuario será un participante activo en el establecimiento acreditado porque podrá evaluar la calidad de los servicios prestados y su opinión será tenida en cuenta.
El usuario estará tranquilo porque los productos cosméticos aplicados en la prestación de los servicios cumplen con la reglamentación exigida y por tanto se reducirá al máximo el riesgo de presentar eventos adversos por su uso.
El usuario será informado de los riesgos, los posibles efectos causados y las recomendaciones o cuidados que debe seguir antes, durante y después de la realización de un procedimiento.
En caso de presentarse un evento adverso en salud o cualquier otra dificultad, el usuario podrá recibir una respuesta oportuna, como resultado del seguimiento realizado al caso por parte del establecimiento acreditado.
Los establecimientos acreditados serán reconocidos, por medio de un distintivo visual denominado sello de bioseguridad, como un lugar donde se ofrecen servicios con altos estándares de calidad.
Los establecimientos acreditados tendrán el respaldo de la Secretaría Distrital de Salud, entendido como el apoyo y la asesoría para la resolución de inquietudes, invitaciones a seminarios, capacitaciones, talleres entre otros.
Los establecimientos acreditados, ya que ofrecen servicios con altos estándares de calidad, tendrán clientes fidelizados y podrán incrementar sus clientes satisfechos, lo que puede reflejarse en un incremento en sus ingresos.
El establecimiento acreditado podrá estandarización sus procesos y realizar control sobre sus insumos, de esta manera asegura que todos sus trabajadores realizan los procedimientos de la misma manera y con la misma calidad en sus productos, lo que finalmente se refleja en una reducción de pérdidas de producto y de reprocesos.
La implementación de los estándares de acreditación facilitará que los establecimientos cuenten con talento humano entrenado y comprometido con las políticas del mismo.
Los establecimientos que pueden acceder a la acreditación y obtener el sello de bioseguridad, son aquellos que prestan servicios personales de belleza y entre ellos se encuentran:
Barberías
Peluquerías
Salas de belleza
Centros de estética
Escuelas de formación de estilistas y manicuristas
Escuelas de formación de esteticistas o cosmetólogos(as)
Otros afines: Establecimientos donde se prestan de forma complementaria servicios personales de belleza (Spa, saunas, gimnasios, entre otros)
Es importante resaltar que la estrategia de acreditación es accesible a todo tipo de establecimiento independientemente de su tamaño, número de trabajadores, condición socio-económica, capacidad administrativa o su ubicación geográfica, solo se requiere el interés y compromiso del propietario y los trabajadores para el cumplimiento y mantenimiento de los estándares de acreditación.